miércoles, 9 de noviembre de 2011

CONSTITUCION DE 1824




PRIMERA REPUBLICA FEDERAL
La Primera República Federal de México, oficialmente llamada Estados Unidos Mexicanos, fue proclamada el 1 de noviembre de 1823 por el Congreso Constituyente, meses después de la disolución del Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide.
La República fue establecida  formalmente el 4 de octubre  de 1824 con la promulgación de  la Constitución Federal de los  Estados Unidos Mexicanos.
El primer intento de federación en la Historia de México fue una experiencia corta, caracterizada por inestabilidad política, social y violencia. La República fue gobernada por dos triunviratos y nueve presidentes. Guadalupe Victoria fue el único presidente que completo su mandato constitucional durante este periodo.
Se creó el Supremo Poder Ejecutivo, un triunvirato que fue el encargado de convocar la creación de la República Federal. El triunvirato estuvo vigente del 1 de abril de 1823 al 10 de octubre de 1824.
Bandera y escudo
La Bandera de México fue diseñada por Agustín de Iturbide y confeccionada  en Iguala por el sastre José Magdaleno Ocampo en 1821.El entonces gobierno del Imperio Mexicano eligió el tricolor de verde, blanco y rojo con el escudo nacional en el centro. fue adoptada el 14 de abril de 1823.
Segunda República Federal
La Segunda República Federal de México, es el nombre con el que se le conoce al segundo intento federalista en la historia de México. Oficialmente llamada Estados Unidos Mexicanos, la república federal fue implementada nuevamente el 22 de agosto de 1846. Duró casi diecisiete años, fue gobernada por 14 presidentes de los cuales solo José Joaquín de Herrera concluyo su mandato constitucional.
  





PRINCIPIOS  DE LA CONSTITUCION DE 1824
Debido al desacuerdo existente el Congreso proclama a Iturbide como emperador; mas algunos diputados estaban en desacuerdo por lo que este disolvió el Congreso y realizo varios cambios de hasta ese entonces.
Uno de los afectados fue el comandante general Antonio López de Santa Anna, quien junto con Guadalupe Victoria, en Febrero de 1823 proclamo el Plan de Casa Mata, que proponía el sistema republicano. Iturbide abandono el trono en marzo de ese año.
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824 entró en vigor el 4 de octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. Cuando Iturbide dejo el trono, un segundo Congreso redacto una Constitución que se promulgo el 4 DE OCTUBRE DE 1824.
En la nueva Constitución, la república tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, y era definida como una república federal representativa, con el catolicismo como religión oficial.

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA FEDERAL DE 1824:
  Establece una forma representativa y federal de gobierno.
  Impone a la religión católica como única para los mexicanos y prohíbe las demás.
  Establece la igualdad de todos los mexicanos ante la ley.
  Divide al gobierno federal en tres poderes:
Legislativo: compuesto por las cámaras de diputados y senadores.
Ejecutivo: encabezado por el presidente de la República y auxiliado por secretarios de Estado.
Judicial: compuesto por la Suprema Corte de Justicia.
** Estos principios fueron expresados en la primera Constitución del México independiente, aprobada por el Congreso el 4 de octubre de 1824



LOS PRINCIPIOS REDACTADOS Y QUE CABE MENCIONAR SON LOS SIGUEINTES.

Título I

Sección única. De la Nación mexicana, su territorio y religión

Artículo 1.- La nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquiera otra potencia.
Artículo 2.- Su territorio comprende el que fue del virreinato llamado antes N. E., el que se decía capitanía general de Yucatán, el de las comandancias llamadas antes de provincias internas de Oriente y Occidente, y el de la baja y alta California con los terrenos anexos e islas adyacentes en ambos mares. Por una ley constitucional se hará una demarcación de los límites de la federación, luego que las circunstancias lo permitan.
Artículo 3.- La religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la C. A. R. La nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra.

Título II

Sección única. De la forma de Gobierno de la Nación, de sus partes integrantes y división de su Poder Supremo

Artículo 4.- La nación mexicana adopta para su gobierno la forma de república representativa popular federal.
Artículo 5.- Las partes de esta federación son los estados y territorios siguientes: el estado de las Chiapas, el de Chihuahua, el de Coahuila y Texas, el de Durango, el de Guanaxuato, el de México, el de Michoacán, el de Nuevo León, el de Oaxaca, el de Puebla de los Ángeles, el de Querétaro, el de San Luis Potosí, el de Sonora y Sinaloa, el de Tabasco, el de las Tamaulipas, el de Veracruz, el de Xalisco, el de Yucatán y el de los Zacatecas: el territorio de la alta California, el de la baja California, el de Colima, y el de Santa Fe de Nuevo México. Una ley constitucional fijará el carácter de Tlaxcala.


Artículo 6.- Se divide el Supremo poder de la federación para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial.


Título III. Del Poder Legislativo

Sección I. De su naturaleza y modo de ejercerlo

Artículo 7.- Se deposita el poder legislativo de la federación en un Congreso general. Éste se divide en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.
……………………………………………….

Título IV. Del Supremo Poder Ejecutivo de la Federación

Sección I. De las personas en quienes se deposita y de su elección

……………………………………………………….

Título V. Del Poder Judicial de la Federación

Sección I. De la naturaleza y distribución de este Poder

Artículo 123.- El Poder Judicial de la federación residirá en una corte suprema de justicia, en los tribunales de Circuito, y en los juzgados de distrito.


CONSTITUCION CENTRALISTA DE LAS 7 LEYES
Las Siete leyes o Constitución de régimen centralista de 1836, fueron una serie de instrumentos constitucionales que alteraron la estructura de la naciente República Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a principios del siglo XIX. Con base en las Siete leyes, se estableció un cuarto poder: el Supremo Poder Conservador, el cual fue integrado por cinco ciudadanos. Estos deberían de haber desempeñado la presidencia, vicepresidencia, o bien haber sido senadores, diputados, secretarios de despacho o ministros de la Corte.
Derogación
En San Luis Potosí, Tampico, Guadalajara y Veracruz hubo pronunciamientos y levantamientos armados a favor del federalismo. En septiembre de 1841, los generales Gabriel Valencia, Mariano Paredes y Arrillaga y Antonio López de Santa Anna se reunieron en La Ciudadela, y tras llegar a un acuerdo firmaron las Bases de Tacubaya  Su objetivo fue desconocer el gobierno de Bustamante y suprimir los cuatro poderes. Se estableció una junta y se convocaron elecciones para diputados con el objetivo de crear un nuevo Congreso Constituyente.  Si bien las 7 leyes  fueron promovidas por  Santa Anna, las leyes fueron promulgadas por el Presidente interino José Justo Corro el 30 de diciembre de 1836. Ocasionaron la independencia de Texas, Yucatán y Tamaulipas. Ayudaron a la división de poderes.




CONTENIDO DE LA CONSTITUCION DE LAS 7 LEYES
  1. PRIMERA: otorgaban la ciudadanía a aquellos que supieran leer y tuvieran un ingreso anual mínimo de 100 pesos, excepto para los trabajadores domésticos, quienes no tenían derecho a voto. (consta de 15 artículos)
  2. La segunda ley permitía al presidente el cierre del congreso y la supresión de la Suprema Corte, prohibiendo a los militares tomar este último cargo. Consta de 23 artículos.
  3. TERCERA: establecían un Congreso bicameral (senadores y diputados), electos por órganos gubernamentales. Los diputados ocupaban el cargo por cuatro años, y los senadores por seis. Consta de 58 artículos.
  4. CUARTA: especificaban el mecanismo de elección presidencial, donde la Suprema Corte, el Senado y la Junta de Ministros nominarían a tres candidatos cada uno, y la cámara baja (diputados) elegiría de entre los nueve candidatos, al presidente y al vicepresidente. El poder lo mantenía durante 8 años. Consta de 34 artículos
  5. QUINTA: el mecanismo de elección de los once miembros de la Suprema Corte de Justicia, de la misma forma que el mecanismo de elección presidencial. Consta de 51 artículos.
  6. SEXTA: sustituían a los estados federados, por departamentos cuyos gobernadores y legisladores eran seleccionados por el presidente. Establece la división territorial de la república. Consta de 31 artículos
  7. SEPTIMA: prohibía volver al sistema legal anterior por seis años. Otorga al congreso la facultad de resolver todas las controversias constitucionales así como sus reformas. Pero estas no podrán llevarse a cabo en el término de seis años cantados a partir de la promulgación de la Constitución.